¿Qué consecuencias acarrea una denuncia por violencia de género?

Hasta hace no mucho, la violencia de género o violencia machista se consideraba un asunto únicamente familiar que bajo ningún concepto debía ser juzgado desde fuera al ser “algo familiar”. Esto favorecía por tanto la posición de poder y dominio de la figura del hombre sobre la figura de la mujer, legitimando pues la subordinación femenina ante la figura masculina. 

Afortunadamente, y gracias a la lucha feminista por los derechos de las mujeres, la violencia de género ya es considerada un problema social serio en el que hay que intervenir cuanto antes y contra el que hay que luchar como sociedad. Así mismo, este tipo de violencia es también un delito público, por lo que cualquiera que sospeche sobre algún caso o que sufra de esta debe denunciar de forma inmediata a las autoridades para poder activar los protocolos correspondientes y no permitir que el abusador viva con impunidad

En este post explicaremos cuáles son las consecuencias que acarrea el interponer una denuncia por violencia de género.

Puntos legales en la denuncia por violencia de género

Las denuncias por violencia de género, también conocidas como denuncias por violencia machista o por malos tratos, tienen sus fundamentos en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Estas denuncias, siguiendo la definición exacta de “violencia de género”, solo se pueden interponer cuando sucede una agresión física o psicológica por parte de un hombre hacia una mujer con la que mantiene o ha mantenido una relación sentimental. Así mismo, este tipo de violencia también se puede llevar a cabo infligiendo algún tipo de abuso sobre una tercera persona de importancia para la víctima con el fin de hacerle daño a la misma. En relación a esto, es muy habitual la llamada “violencia vicaria“, violencia que se da cuando el hombre atenta contra los hijos de la pareja para generar más dolor a la mujer.

Así mismo, y a diferencia de otras denuncias, al interponer una denuncia por violencia de género no se aplica la presunción de inocencia del hombre en primera instancia, priorizando siempre la protección de la posible víctima. Es por esto por lo que, en cuanto se realiza la denuncia, se procede a la detención automática del varón y se llevan a cabo una serie de medidas de protección a la mujer en tanto en cuanto se investiga la veracidad de los hechos y las consecuencias de los mismos.

¿Qué consecuencias conlleva el interponer una denuncia de violencia de género?

En cuanto se interpone la denuncia por violencia de género, se pone en marcha un protocolo de protección de la mujer que suspende puntualmente la presunción de inocencia del denunciado. Así, una vez la mujer ofrece su testimonio ocurre lo siguiente:

  • Detención del presunto agresor.
  • Retenimiento del mismo hasta un máximo de 72 horas hasta que se proceda a la puesta a disposición judicial.
  • Según la gravedad del hecho, el juez decidirá si se mantiene aprisionado al acusado o si lo deja en libertad con una orden de alejamiento sobre la víctima.

Hacer caso omiso de dicha orden de alejamiento puede suponer graves consecuencias, aunque no se tenga intención de agredir a la mujer. Este dictamen conlleva que el hombre no podrá entrar en la casa en la que se encuentre la presunta víctima generalmente hasta que se termine el juicio y se decida si el acusado es culpable o inocente de los hechos de los que se le acusa.

Así mismo, en caso de tener hijos en común, se le retirará la custodia de los mismos, aunque, debido a los retrasos habituales en la celebración del juicio penal, esto puede tardar meses e incluso años, lo que supone un grave problema y peligro para los niños y la mujer. Además, el acusado no podrá beneficiarse de subvenciones públicas y se inscribirá automáticamente en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia de Género, también llamado Registro Central de Maltratadores.

¿Cuáles son las penas de prisión para el agresor?

Las medidas cautelares expuestas anteriormente se mantendrán hasta que se celebre el juicio penal, en el que se dictaminará si el acusado es culpable o inocente. Así, las penas por un delito leve de violencia de género pueden ir desde los 6 meses hasta los 2 años de prisión, mientras que en caso de ser un delito grave por esta tipología de violencia estas pueden exceder de largo los 10 años

La realidad es que todo depende de la tipificación que reciba el delito cometido. Es decir, aunque cualquier agresión recogida en este contexto es considera violencia machista, el Código Penal no considera igual un empujón o una bofetada sin consecuencias físicas graves que una paliza, un abuso sexual o una agresión con un objeto punzante como un chuchillo.

¿Se puede denunciar por violencia de género sin que seamos los afectados y de forma anónima?

Rotundamente sí. Es más, como sociedad debemos siempre velar por el bienestar del otro, por lo que es nuestro deber denunciar ante la policía cualquier hecho de violencia machista que veamos, escuchemos o sepamos de primera mano. No es necesario ser víctimas directas para interponer la denuncia.

El temor a no poder mantener el anonimato y poder tener represalias por parte del presunto agresor es una de las principales preocupaciones de muchas personas de cara a denunciar un caso de violencia de género del que no se es parte, pero la realidad es que el anonimato puede mantenerse siempre pues la policía no nos puede obligar a dar nuestro nombre. Así pues, si eres testigo de alguna agresión que se encuadre dentro de la violencia de género no dudes jamás en interponer la denuncia.

Recuerda que para que esta denuncia tenga más peso y podamos ayudar lo máximo posible a la víctima es importante que aportemos información muy precisa con fechas y horas, así como exponer pruebas como vídeos o audios o traer consigo a otros testigos de la situación. Todos los datos que se den al respecto pueden ser claves para la investigación y para la protección de la mujer.

Además también debes saber que no es necesario tener el consentimiento de la víctima de violencia de género para denunciar la agresión. El único inconveniente en esto es que, si en el momento en el que se declare ante el juez, la mujer niega los hechos y no hay más pruebas o testimonios al respecto de lo acontecido, el caso puede ser archivado.

En G&G Abogadas somos expertas en casos de violencia de género y contamos con una amplia experiencia. Por ello, ofrecemos asesoramiento preventivo y soluciones jurídicas efectivas y dinámicas. 

Si eres víctima, no dudes en contactar llamando al 955 22 62 94.

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